
Suena el teléfono. Una notificación breve. Has recibido un Bizum. Para muchos usuarios en España, esta escena se repite varias veces al día. Pagos compartidos, pequeños gastos, servicios profesionales, compras rápidas. Bizum se ha convertido en una parte casi invisible de nuestra vida económica cotidiana.
Por eso, cuando empezó a circular el mensaje de que “Hacienda va a empezar a vigilar los Bizums en 2026”, la reacción fue inmediata: dudas, inquietud y no poca confusión. ¿Habrá que declarar cada Bizum? ¿Van a controlar los pagos entre familiares? ¿Pueden sancionarme por recibir dinero por el móvil?
La realidad, como suele ocurrir en materia fiscal, es mucho menos alarmista y bastante más técnica. Y entenderla bien es clave, sobre todo para empresas, autónomos, startups y compañías extranjeras que operan en España.
Mucho ruido y una pregunta clave: ¿qué está pasando realmente?
España cuenta con más de 30 millones de usuarios de Bizum. Entre enero y septiembre de 2025 se realizaron cerca de 900 millones de operaciones, por un valor aproximado de 65.000 millones de euros. Estas cifras explican por sí solas por qué la Agencia Tributaria ha decidido actualizar su sistema de control.
Ahora bien, el anuncio del refuerzo de la supervisión fiscal se interpretó, en muchos casos, como una vigilancia masiva de cualquier movimiento entre particulares. Nada más lejos de la realidad. Conviene empezar por aclarar lo fundamental: el cambio no afecta a todos los Bizums, ni a todos los usuarios, ni introduce nuevos impuestos.
¿Hacienda va a vigilar los Bizums entre particulares?
Esta es, con diferencia, la duda más repetida. Y la respuesta es clara: no.
Las transferencias entre particulares no están sujetas a una vigilancia adicional ni generan nuevas obligaciones fiscales por el simple hecho de realizarse a través de Bizum. Si un familiar te envía dinero, si recibes un regalo de boda, si repartís gastos de un viaje entre amigos o si tu pareja te hace un Bizum mensual a una cuenta común, no hay ningún impacto fiscal nuevo.
Incluso los Bizums recurrentes entre personas vinculadas (por ejemplo, para gastos domésticos) siguen exactamente igual. En muchos de estos casos, además, el origen del dinero está perfectamente identificado y no existe ningún indicio de actividad económica.
Aquí es importante entender algo que a menudo se pasa por alto: Hacienda no persigue el medio de pago, sino la naturaleza de la operación.
¿Y las compras de segunda mano o los pagos “informales”?
Otro foco habitual de confusión son las compras entre particulares a través de plataformas de segunda mano. Pagar por Bizum una bicicleta, un mueble o un objeto usado no cambia su tratamiento fiscal.
Ahora bien, hay operaciones que, por su propia naturaleza, siempre han tenido implicaciones fiscales. Comprar un coche o una moto de segunda mano, por ejemplo, exige formalizar un contrato y liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Lo mismo ocurre con un alquiler, ya sea de una vivienda o de una plaza de garaje.
En estos casos, Bizum es irrelevante desde el punto de vista fiscal. Podría haberse pagado por transferencia, en efectivo o por cualquier otro medio. La obligación fiscal existe con independencia del canal de pago.
Entonces, ¿a quién afecta realmente el control de Bizum en 2026?
Aquí está el núcleo del cambio y donde conviene afinar bien el análisis. El refuerzo del control afecta exclusivamente a quienes realizan actividades económicas: empresas, autónomos, profesionales, comercios, negocios digitales y plataformas de servicios.
A partir de 2026, los bancos y plataformas de pago deberán enviar información mensual a la Agencia Tributaria sobre los cobros recibidos por estos contribuyentes a través de medios electrónicos, incluido Bizum. No habrá umbrales mínimos ni excepciones por importe.
Y una aclaración esencial: el cliente no tiene que declarar nada por pagar con Bizum. El foco está únicamente en quien recibe el dinero como ingreso de su actividad.
Qué cambia en la práctica para empresas y profesionales
Hasta ahora, el control de los pagos digitales existía, pero no con este nivel de detalle y periodicidad. Con la información mensual, Hacienda puede cruzar datos de forma mucho más sistemática y detectar incoherencias sin necesidad de iniciar inspecciones tradicionales.
Esto no implica una presunción de fraude. Implica algo mucho más sencillo:
que los ingresos declarados coincidan razonablemente con los ingresos realmente cobrados.
Para muchos negocios, especialmente aquellos con una contabilidad ordenada, el impacto será mínimo. Pero para actividades con muchos cobros pequeños, pagos inmediatos o una gestión interna poco estructurada, el nuevo escenario obliga a replantearse ciertas prácticas.
Bizum deja de ser “un canal cómodo” y pasa a ser un canal fiscal más
Durante años, Bizum se ha percibido como una solución práctica, casi informal, especialmente en pequeños negocios y servicios profesionales. Era rápido, directo y sin fricción.
Con el nuevo sistema de información, Bizum se integra plenamente en el ecosistema fiscal del negocio. Esto no significa que deje de ser útil, sino que debe estar correctamente encajado en la contabilidad y en la estructura legal de la empresa.
La pregunta que conviene hacerse no es si se puede usar Bizum, sino si se está utilizando de forma coherente con la realidad fiscal del negocio.
Startups: crecer rápido ya no justifica crecer desordenado
En el entorno startup, Bizum se ha utilizado muchas veces como solución provisional. En fases iniciales es habitual priorizar el crecimiento, validar el modelo y reducir fricciones. En ese contexto, el control interno suele quedar en segundo plano.
Cuentas personales usadas para cobros profesionales, ingresos recurrentes poco definidos, ausencia de separación clara entre lo personal y lo empresarial. Hasta ahora, muchos de estos escenarios pasaban relativamente desapercibidos.
En 2026, dejan de hacerlo. El nuevo control no castiga la innovación ni el crecimiento, pero sí penaliza la falta de estructura cuando esta genera incoherencias fiscales. Para las startups, esto convierte la planificación legal y fiscal temprana en una ventaja competitiva, no en un lastre.
¿Puede Bizum delatar actividad económica no declarada?
Esta es una pregunta incómoda, pero legítima. Y la respuesta es que sí, puede hacerlo, igual que cualquier otro medio de pago digital.
Cuando los cobros son recurrentes, sistemáticos y vinculados a una actividad económica, el canal por el que se reciben deja de ser irrelevante. La información que remiten los bancos permite a la Agencia Tributaria identificar patrones, no operaciones aisladas.
Por eso, el riesgo no está en recibir un Bizum puntual, sino en acumular ingresos no alineados con lo que se declara fiscalmente.
Empresas extranjeras: un impacto silencioso pero relevante
Para compañías extranjeras que operan en España, el refuerzo del control de Bizum introduce un matiz especialmente sensible. Los cobros recibidos a través de medios de pago locales pueden servir como indicio de actividad económica en territorio español.
Esto es especialmente relevante en:
- modelos híbridos,
- estructuras sin establecimiento permanente claramente definido,
- procesos de soft landing o expansión gradual.
En estos casos, Bizum puede convertirse en un elemento más dentro del análisis de si existe o no una obligación tributaria en España. No de forma automática, pero sí como señal económica.
¿Hay que dejar de usar Bizum en el negocio?
No. Y esta es una de las ideas que conviene desmontar con más claridad. Bizum sigue siendo un medio de pago perfectamente válido. Lo que cambia es el contexto de control en el que se utiliza. En un entorno más trazable, la clave no es evitar los canales digitales, sino utilizarlos con criterio y estructura.
Negocios que integran Bizum en su contabilidad, que separan cuentas personales y profesionales y que declaran correctamente sus ingresos no tienen nada que temer.
2026 como punto de inflexión, no como amenaza
El control de Bizum no es una medida aislada ni coyuntural. Forma parte de una evolución más amplia hacia un sistema fiscal plenamente digital, alineado con los estándares europeos y con la realidad de los pagos electrónicos.
Esto tiene una lectura clara para las empresas: la improvisación fiscal tiene cada vez menos espacio.
Y también una oportunidad: quien se anticipa, ordena su estructura y entiende cómo encajan los medios de pago en su modelo de negocio, gana tranquilidad y seguridad jurídica.
Bizum en 2026, sin ruido y con perspectiva
Para cerrar, conviene quedarse con una idea sencilla:
Bizum no cambia su naturaleza ni su fiscalidad. Cambia el nivel de información que llega a la Administración cuando se utiliza en el ámbito de una actividad económica.
Los pagos entre particulares siguen igual. Los impuestos no aumentan. Pero el margen para el desorden se reduce.
Desde Certus acompañamos a empresas, startups y compañías internacionales en este tipo de transiciones: no para reaccionar cuando surge un problema, sino para anticiparlo y evitarlo, integrando la operativa digital en una estructura legal y fiscal sólida.
Porque en un entorno cada vez más trazable, la mejor estrategia sigue siendo la misma: hacer las cosas bien desde el principio.
