17 de febrero, 2022

Las empresas que requieran la incorporación de profesionales de fuera de la UE: directivos, personal altamente cualificado y graduados y postgraduados de universidades y escuelas de reconocido prestigio, para el desarrollo de una actividad laboral o profesional podrán solicitar una autorización de residencia para personal altamente cualificado.

En el momento de la solicitud, el profesional puede encontrarse fuera o residiendo en España legalmente. En caso de encontrarse en el extranjero, una vez que la compañía haya obtenido la autorización de residencia, deberá solicitar el visado correspondiente en el Consulado de España en su país de residencia.

  • Autorización única para residir y trabajar válida para todo el territorio nacional, incluidos los familiares si cumplen con la edad prevista en la normativa laboral.
  • No se aplica la Situación Nacional de Empleo.
  • Libertad de movimiento en los estados Schengen.
  • Tramitación ágil: visados resueltos y notificados en 10 días hábiles y autorizaciones de residencia resueltas en 20 días, posibilidad de realizar los trámites a través de representante.
  • Tramitación conjunta para familiares.
  • La solicitud de la autorización de residencia prorrogará la vigencia de la situación de residencia o de estancia en España de la que fuera titular el extranjero hasta la resolución del procedimiento.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al visado de personal altamente cualificado?

Requisitos generales

  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
  • Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.

El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar y los ascendientes a cargo, que se reúnan o acompañen al titular, podrán solicitar conjunta y simultánea o sucesivamente, la autorización y, en su caso, el visado si acreditan cumplir los requisitos expuestos en el apartado anterior.

visado altamente cualificado

Requisitos específicos

  • Directivos y personal altamente cualificado de empresas o grupos de empresas que cumplan alternativamente alguno de los siguientes requisitos:
    • Promedio de plantilla de más 250 empleados en España en los tres meses anteriores a la solicitud.
    • Volumen neto anual de negocios en España de más de 50 millones de euros.
    • Fondos propios o patrimonio neto en España de más de 43 millones de euros.
    • Inversión bruta media anual procedente del exterior no inferior a 1 millón de euros en los tres años anteriores a la solicitud.
    • Valor del stock inversor o posición en España superior a 3 millones de euros según los últimos datos del Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
  • Directivos y personal altamente cualificado de PYMES acreditadas como de sector estratégico, mediante informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones.

La acreditación del cumplimiento de los requisitos expuestos anteriormente se efectuará una vez ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos y tendrá una validez de tres años renovables, si se mantienen los requisitos.

  • Directivos y personal altamente cualificado que formen parte de un proyecto empresarial acreditado como de interés general mediante informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones, de acuerdo con alguna de las siguientes condiciones:
    • – Incremento significativo en la creación de puestos de trabajo directos por parte de la empresa que solicita la contratación.
    • – Mantenimiento de empleo.
    • – Incremento significativo en la creación de puestos de trabajo en el sector o el área geográfica donde se vaya a desarrollar la actividad laboral.
    • – Inversión extraordinaria con impacto socioeconómico en el área geográfica de actividad.
    • – Razones de interés general para la política comercial y de inversión.
    • – Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
  • Graduados o postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.

PROCESO SOLICITUD AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA PERSONAL ALTAMENTE CUALIFICADO

QUIÉN: La empresa que requiera la contratación.

DÓNDE: La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE): La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Pulse aquí para acceder a la presentación electrónica

DOCUMENTACIÓN (traducida al español):

Formulario de solicitud de autorización de residencia:

Documentación generalPulse aquí para descargar la hoja informativa.

Documentación específica para personal altamente cualificadoPulse aquí para descargar la hoja informativa.

Documentación para familiaresPulse aquí para descargar la hoja informativa

SOLICITUD DE INFORME DE VALORACIÓN DE SECTOR ESTRATÉGICO O DE PROYECTO DE INTERÉS GENERAL

Con carácter previo a la solicitud de la autorización de residencia para el personal altamente cualificado que van a contratar, las PYMES pertenecientes a sector estratégico o empresas que vayan a realizar un proyecto empresarial de interés general, a contratar al trabajador extranjero deben acreditarse mediante informe a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones (DGCOMINVER).

Para obtener dicho informe, deben presentar la solicitud dirigida a la DGCOMINVER, a través de cualquier registro público. En caso de presentación telemática, pueden acceder a la sede electrónica y presentar la solicitud junto con la documentación requerida directamente por el procedimiento de instancia genérica. Pulse aquí para acceder a la presentación telemática

SOLICITUD DE VISADO PARA PERSONAL ALTAMENTE CUALIFICADO

Los candidatos que se encuentren fuera de España deberán solicitar un visado de residencia presentando en el Consulado la autorización de residencia para personal altamente cualificado que la empresa ha obtenido en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en España.

QUIÉN: La tramitación puede realizarse a través de representante.

DÓNDE: Misión diplomática u oficina consular de España en el país de residencia. Seleccione la oficina de representación española correspondiente a su lugar de residencia.

DOCUMENTACIÓN: Consultar directamente con cada consulado.

residencia para personal altamente cualificado

SOLICITUD DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO

DÓNDE: Comisaría de policía. Seleccione la comisaría más cercana a su domicilio.

QUIÉN: El titular de la autorización.

DOCUMENTACIÓN:

  • Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero. Pulse aquí para descargarse el modelo a cumplimentar*.
  • Presentación de pasaporte original.
  • Copia de la autorización de residencia.
  • 3 fotografías.
  • Pago de tasas: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) inicial que documenta la autorización de residencia temporal.

RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

Se podrá solicitar la renovación los 60 días naturales previos a la caducidad de la autorización o dentro de los 90 días naturales posteriores, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.

QUIÉN: La tramitación puede realizarse a través de representante.

DÓNDELa Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE): La solicitud debe realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Pulse aquí para acceder a la presentación electrónica

DOCUMENTACIÓN:

Formulario de solicitud de renovación:

Documentación para renovacionesPulse aquí para descargar la hoja informativa

  • En el caso de personal directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto de interés general, con carácter previo a la solicitud de renovación de la autorización de residencia, la Subdirección General de Inversiones Exteriores, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, debe certificar mediante informe que el proyecto sigue siendo de interés general.

Debe presentar la solicitud de informe en el Registro del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Paseo de la Castellana, 162, Madrid) o a través de cualquier Registro Público de España.

  • Formulario de solicitudde personal directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto de interés general. Pulse aquí para descargarlo

Una vez obtenido el informe puede proceder a solicitar la renovación de la autorización.

PLAZOS DE SOLICITUD DEL VISADO PARA PERSONAL ALTAMENTE CUALIFICADO

Los Consulados resuelven y notifican los visados en diez días laborables, salvo en los casos de solicitantes sometidos a la consulta prevista en el artículo 22 del Código de Visados, en cuyo caso el plazo será el previsto con carácter general en dicho Código.

La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos resuelve las autorizaciones de residencia en un máximo de 20 días desde la presentación de la solicitud. Si no se resuelve en dicho plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo.

 

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