Cómo obtener la residencia por inversión en España.
22 de febrero, 2019

Tras la aprobación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, los extranjeros que se propongan entrar o residir en España podrán hacerlo por razones de interés económico en aquellos supuestos en los que acrediten ser inversores.

Para ello deben cumplirse una serie de requisitos relativos al inversor que podemos resumir en:

  • Ser mayor de 18 años,
  • No encontrarse irregularmente en territorio español,
  • No tener antecedentes penales en España,
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga suscritos convenios en tal sentido, y
  • Contar con recursos económicos suficientes para su sustento o en su defecto contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una aseguradora autorizada para operar en España.

Cómo obtener la residencia por inversión inmobiliaria en España.

Respecto de los requisitos relativos a la inversión, ésta tendrá que enmarcarse en alguno de los siguientes supuestos:

A) Una inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, o por un valor igual o superior a un millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas, o depósitos bancarios en entidades financieras españolas. Esta inversión debe haberse acreditado en un periodo no superior a 60 días anterior a la presentación de la solicitud.

B) La adquisición de bienes inmuebles mediante compraventa en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante. La adquisición de estos inmuebles puede realizarse en copropiedad, y no tienen por qué estar destinados a vivienda, por lo que sería posible adquirir, por ejemplo, locales de negocio.

C) Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

1.º Creación de puestos de trabajo.

2.º Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.

3.º Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

Tendrá también derecho la inversión que lleve a cabo una persona jurídica, domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal conforme a la normativa española, y el extranjero posea, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.

Inicialmente, si se cumplen todos los requisitos legales, se podrá obtener un visado de residencia para inversores por un periodo de 1 año y posteriormente la autorización de residencia por un plazo de 2 años, si se mantiene la inversión y demás requisitos que marca la Ley, siendo 5 años la duración máxima de los permisos de residencia.Following the approval of Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización,

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